martes, 26 de agosto de 2014

La Sociedad Limitada Nueva Empresa (SLNE) y la Sociedad Limitada de Formación Sucesiva

Ayer veíamos las características principales de la Sociedad de Responsabilidad Limitada (incluíamos la S.L. Unipersonal). Hoy veremos dos variantes de la S.L., que son la SLNE y la S.L. de formación sucesiva.


SOCIEDAD LIMITADA NUEVA EMPRESA

Es un tipo de Sociedad de Responsabilidad Limitada con una serie de peculiaridades. Se rige por el Real Decreto Legislativo 1/2010 Nueva ventana, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.

Características

  • Es una especialidad de la Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL).
  • El objeto social es genérico para permitir una mayor flexibilidad en el desarrollo de las actividades empresariales sin necesidad de modificar los estatutos de la sociedad.
  • La denominación social se compone de los apellidos y el nombre de uno de los socios más un código alfanumérico único (ID-CIRCE) seguido de las palabras “Sociedad Limitada Nueva Empresa” o la abreviación “SLNE”.
  • Se podrán utilizar unos estatutos sociales orientativos que reducen los tiempos de notarios y registradores a un máximo de 24 horas cada uno.
  • Dos formas de constitución: telemática y presencial.
  • Los órganos sociales son una Junta General de socios y un Órgano de administración unipersonal o pluripersonal.
  • Pueden continuar sus operaciones en forma de SRL por acuerdo de la Junta General y adaptación de los estatutos. 

Denominación social de la Sociedad

La denominación social estará formada por los dos apellidos y nombre de uno de los socios fundadores seguidos de un código alfanumérico seguido de las palabras “Sociedad Limitada Nueva Empresa” o la abreviación “SLNE”. Este código alfanumérico se denomina ID-CIRCE. Este sistema asegura que la certificación de la denominación social se obtenga de manera inmediata.
El proceso de asignación del ID-CIRCE es completamente telemático, se genera automáticamente cuando se realiza la tramitación telemática de la sociedad. En el caso de utilizar el procedimiento presencial para la constitución de la sociedad, la solicitud de certificación de la denominación se realiza a través del servicio "petición de denominación social Nueva ventana".

Número de socios

  • El número máximo de socios en el momento de la constitución se limita a cinco, que han de ser personas físicas. Se permite la Sociedad Limitada Nueva Empresa unipersonal.
  • El número de socios puede incrementarse por la transmisión de participaciones sociales. Si como consecuencia de la transmisión, son personas jurídicas las que adquieren las participaciones sociales, éstas deberán ser enajenadas a favor de personas físicas en un plazo máximo de tres meses.

Capital

  • Su capital social está dividido en participaciones sociales y la responsabilidad frente a terceros está limitada al capital aportado.
  • El capital social mínimo, que deberá ser desembolsado íntegramente mediante aportaciones dinerarias en el momento de constituir la sociedad, es de 3.000 euros y el máximo de 120.000 euros.

Responsabilidad

Limitada al capital aportado.







SOCIEDAD LIMITADA DE FORMACIÓN SUCESIVA


DESCRIPCIÓN

Sociedad de carácter mercantil, sin capital mínimo, de régimen idéntico al de las Sociedades de Responsabilidad Limitada, excepto ciertas obligaciones tendentes a garantizar una adecuada protección de terceros (por ejemplo, límites a la retribución de socios y administradores o responsabilidad solidaria de los socios en caso de liquidación).



CARACTERÍSTICAS (Diferenciadoras de la S.R.L.)

No existe capital social mínimo; hasta que se alcance la cifra de capital social de 3.000 euros la sociedad estará sujeta al régimen de formación sucesiva de acuerdo a las siguientes reglas:

- Deberá destinarse a la reserva legal una cifra de al menos igual al 20 por ciento del beneficio del ejercicio sin límite de cuantía.

- Una vez cubiertas las atenciones legales o estatutarias, sólo podrán repartirse dividendos a los socios si el valor del patrimonio neto no es o, a consecuencia del reparto, no resultare inferior al 60 por ciento del capital legal mínimo.

- La suma anual de las retribuciones satisfechas a los socios y administradores por el desempeño de tales cargos durante esos ejercicios no podrá exceder del 20 por ciento de patrimonio neto del correspondiente ejercicio, sin perjuicio de la retribución que les pueda corresponder como trabajador por cuenta ajena de la sociedad o a través de la prestación de servicios profesionales que la propuesta sociedad concierte con dichos socios y administradores.



VENTAJAS

No es necesaria la aportación inicial de un capital mínimo.



INCONVENIENTES

Existencia de obligaciones específicas con el fin de garantizar la protección de terceros en sus relaciones financieras, laborales y comerciales.






FUENTES: 

Circe

Empresa: creación y puesta en marcha 
Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa 
Edición Agosto 2014
Enlace web – Enlace PDF (2,8 MB)


Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital


Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización 








Bloque I: La empresa

Introducción: Cuestiones previas a la introducción del concepto de empresa
De "Economía - 1º Bachillerato" a "Economía de la Empresa - 2º Bachillerato"

Tema 1 – La empresa
1.1. Concepto de empresa: factores de producción (inputs), producto (output) y valor añadido. La creación de valor.

       Actividad propuesta: las empresas de tu entorno.
1.2. Elementos, funciones y objetivos. Funcionamiento global de la empresa. La cadena de valor.

1.2.1. Los elementos de la empresa
1.2.2. Las funciones de la empresa
1.2.3. Los objetivos de la empresa
1.2.4. Funcionamiento global de la empresa
1.2.5. La cadena de valor
1.3. Visiones del papel del empresario en el pensamiento económico: Adam Smith, Knight, Schumpeter y Galbraith.
1.4. Tipos de empresa y criterios de clasificación: participación del Estado en la propiedad, Tamaño, Actividad y Tipo de Mercado.
1.5. El entorno de la empresa: general y específico. Esquema de las cinco fuerzas competitivas de PORTER. Análisis DAFO.

1.5.1. El entorno general de la empresa
1.5.2. El entorno específico de la empresa
1.5.3. El análisis DAFO
1.6. La responsabilidad social de la empresa (trabajadores, sociedad, consumidores y medioambiente). Externalidades: concepto y ejemplos de externalidades positivas y negativas.

1.6.1. La responsabilidad social de la empresa (trabajadores, sociedad, consumidores y medioambiente).
1.6.2. Externalidades: concepto y ejemplos de externalidades positivas y negativas.
1.7. Principales formas jurídicas de la empresa: Empresario individual, Sociedad Anónima, Sociedad de Responsabilidad Limitada, Sociedad Limitada Nueva Empresa, Sociedades Laborales, Sociedad Cooperativa.

1.7.1. Tipos de empresa en función de su personalidad jurídica
1.7.2. El empresario individual
1.7.3. Sociedad de Responsabilidad Limitada y SLNE
1.7.4. Sociedad Anónima (aquí) y (aquí)
1.7.5. Sociedades Laborales
1.7.6. Sociedades Cooperativas


No hay comentarios:

Publicar un comentario